Etiquetado alimentario: las menciones obligatorias del Reglamento 1169/2011
Etiquetado alimentario: las menciones obligatorias del Reglamento 1169/2011
El Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor es la norma que decide buena parte del reverso de tu envase. Conocerla antes de diseñar evita rehacer artes finales y, sobre todo, evita reimprimir.
Las menciones obligatorias
- Denominación del alimento.
- Lista de ingredientes.
- Alérgenos destacados dentro de la lista.
- Cantidad de determinados ingredientes o categorías, lo que se conoce como QUID.
- Cantidad neta.
- Fecha de duración mínima o fecha de caducidad.
- Condiciones especiales de conservación o de utilización.
- Nombre y dirección del operador responsable.
- País de origen o lugar de procedencia cuando proceda.
- Modo de empleo cuando sea necesario.
- Grado alcohólico en bebidas con más de 1,2 por ciento en volumen.
- Información nutricional.
El mismo campo visual
Denominación, cantidad neta y grado alcohólico deben aparecer en el mismo campo visual, es decir, legibles a la vez sin girar el envase. Es una restricción de composición que condiciona la cara frontal desde el primer boceto, y una de las causas más frecuentes de artes finales devueltos.
Tamaño mínimo de letra
La normativa fija una altura de x mínima de 1,2 milímetros para las menciones obligatorias. En envases cuya superficie mayor es inferior a 80 centímetros cuadrados, ese mínimo baja a 0,9 milímetros.
Ojo con esto: la altura de x no es el cuerpo tipográfico. Dos tipografías al mismo cuerpo pueden cumplir una y no cumplir la otra, según la proporción de su minúscula. Es un dato que hay que medir, no estimar.
Hablemos
Si estás preparando una etiqueta y no sabes por dónde empezar, cuéntanos el producto y te decimos qué necesitas resolver antes de diseñar.
Qué es el QUID y por qué afecta al frontal
Cuando un ingrediente se destaca en la denominación, en una imagen o en el etiquetado, hay que indicar su porcentaje. Si tu galleta se llama galleta con chocolate y el frontal muestra chocolate, el porcentaje de chocolate tiene que aparecer.
La consecuencia de diseño es directa: cada decisión de fotografía o de naming en el frontal puede generar una obligación informativa. Conviene decidirlo con el técnico antes de cerrar la composición, no después.
Fecha de duración mínima o caducidad
No son lo mismo. La fecha de caducidad se usa en alimentos muy perecederos y va acompañada de la mención correspondiente; la duración mínima indica hasta cuándo el producto conserva sus propiedades. La elección la determina el producto, no la marca.
En diseño, lo relevante es reservar una zona limpia y de fondo plano para la impresión posterior en línea de envasado. Si esa zona cae sobre una ilustración, el código se vuelve ilegible.
Consecuencias prácticas para el diseño
- Elige la tipografía del bloque legal por su altura de x, no por su carácter.
- Maqueta el reverso antes que el frontal.
- Reserva zona de codificación para lote y fecha, con fondo plano.
- Prevé el espacio de la tabla nutricional completa, que ocupa más de lo que parece.
- Si vendes fuera de España, calcula el espacio de las traducciones desde el principio.
Preguntas frecuentes
¿La venta a granel tiene las mismas obligaciones?
El régimen es distinto y más flexible en algunos puntos, pero la información sobre alérgenos sigue siendo obligatoria y debe estar disponible para el consumidor.
¿Puedo poner parte de la información en una pegatina?
Puede hacerse, siempre que sea indeleble, legible y no oculte otra información obligatoria. Como solución permanente es mala idea: encarece por unidad y suele verse improvisada.
Proyectos del estudio
Es un resumen orientativo: valida siempre la etiqueta final con un técnico en seguridad alimentaria. En branding para marcas de alimentación te contamos cómo integramos esto en el proceso.

